El Gobierno federal plantea crear para 2027 un pago simplificado de IVA de 7% para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Miguel Martínez Corona/DIARIO 24 HORAS | El Gobierno federal plantea crear para 2027 un pago simplificado de IVA de 7% para el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

El Gobierno federal propuso crear para 2027 un esquema simplificado que permitirá a las personas físicas y morales que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) optar por pagar al SAT el Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicando una tasa de 7% sobre las contraprestaciones gravadas efectivamente cobradas.

La medida, incluida en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2027, no implica una reducción de la tasa de IVA que se cobra a los consumidores, pues los contribuyentes deberán continuar trasladando el impuesto conforme a la tasa que corresponda al tipo de operación realizada.

Quienes se adhieran al nuevo esquema calcularán su pago mensual aplicando 7% sobre el total de las contraprestaciones gravadas efectivamente cobradas durante el mes, en lugar de utilizar la mecánica convencional establecida en la Ley del IVA.

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A cambio de esta facilidad, los contribuyentes no podrán acreditar el IVA que se les haya trasladado en la adquisición de bienes o servicios ni el pagado por importaciones. Únicamente podrán disminuir del impuesto calculado el IVA que les hubieran retenido durante el mes.

Los pagos mensuales tendrán carácter definitivo y, una vez ejercida la opción, ésta no podrá modificarse durante el ejercicio fiscal.

Para las personas físicas del RESICO se contempla además relevarlas de la obligación de llevar contabilidad por las operaciones sujetas al nuevo esquema, aunque deberán emitir y conservar los comprobantes fiscales correspondientes. Esta facilidad no se extenderá a las personas morales.

Propuesta de pago simplificado de IVA de 7% establece límites con importaciones

La propuesta también establece límites relacionados con las importaciones. Si durante el ejercicio el contribuyente realiza importaciones por montos superiores a los previstos en la Ley del ISR para permanecer en el régimen correspondiente, tendrá que dejar de aplicar la opción del IVA a partir del mes siguiente.

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Los contribuyentes que elijan el esquema deberán presentar un aviso ante el Servicio de Administración Tributaria dentro de los 30 días siguientes a aquel en que perciban su primer cobro del año por las actividades sujetas a la facilidad.

En su exposición de motivos, Hacienda argumentó que la medida busca ofrecer una forma más sencilla y rápida de cumplir las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales que tributan en el RESICO.

Editor de la sección México en el diario 24 HORAS. Inicie mi carrera escribiendo sobre autos clásicos; hoy, enfocado en la política y la seguridad.